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Código Administrativo de Utah

R714. Seguridad Pública, Patrulla de Carreteras.

En vigor a partir del 1 de enero de 2020

Índice

  • R714-158-1. Autoridad.
  • R714-158-2. Propósito.
  • R714-158-3. Definición.
  • R714-158-4. Permisos de Estaciones de Inspección de Seguridad.
  • R714-158-5. Requisitos de Construcción y Equipo.
  • R714-158-6. Certificados de Inspector de Seguridad.
  • R714-158-7. Renovación de Certificados.
  • R714-158-8. Programa de Capacitación para Inspectores de Seguridad.
  • R714-158-9. Requisitos Generales del Programa de Inspección de Seguridad.
  • R714-158-10. Certificados de Inspección, Calcomanías e Informes de Calcomanías.
  • R714-158-11. Motivos para la Denegación, Suspensión o Revocación del Permiso de Estación o Certificado de Inspector.
  • R714-158-12. Procedimientos Judiciales.
  • R714-158-13. Procedimientos para el Cierre de la Estación de Inspección de Seguridad.
  • CLAVE
  • Fecha de Promulgación o Última Enmienda Sustantiva
  • Aviso de Continuación
  • Que Autoriza, Implementa o Interpreta la Ley

R714-158-1. Autoridad.

Esta regla está autorizada por la Subsección 53-8-204 (5).

R714-158-2. Propósito.

El propósito de esta regla es establecer normas que rijan la administración y el cumplimiento del programa de inspección de seguridad de acuerdo con el Título 53, Capítulo 8, Parte 2.

R714-158-3. Definición.

(1) Los términos utilizados en esta regla se definen en las Secciones 53-8-102, 53-8-202 y las Regulaciones Federales de Seguridad para Vehículos Automotores contenidas en el Subcapítulo B, Capítulo III, Subtítulo B del Código de Regulaciones Federales, Título 49 – Transporte.

(2) además:

(a)» acción de la agencia » significa una advertencia por escrito, suspensión, revocación o denegación aplicada contra una certificación, licencia o solicitud.

(b) «solicitante» significa una persona que ha solicitado a la división un permiso o certificado;

(c) «certificado» significa la autorización para que un inspector de seguridad realice inspecciones de seguridad;

(d) «condena» significa una sentencia de culpabilidad con respecto a una conducta criminal, que incluye:

(i) una declaración de culpabilidad por un tribunal o un jurado;

(ii) una declaración de culpabilidad;

(iii) una declaración de culpabilidad nolo contendere; o

(iv) una declaración de culpabilidad que se mantiene en suspenso hasta la finalización exitosa de un período de prueba;

(e) «división» significa la sección de Inspección de Seguridad de Vehículos de la Patrulla de Carreteras de Utah;

(f) «estación de flota» significa una estación que solo realiza inspecciones de seguridad en vehículos que son propiedad o arrendados por la misma compañía que es propietaria de la estación;

(g) «certificado de inspección» significa el certificado de inspección dado cuando un vehículo pasa o falla los requisitos del programa de inspección;

(h) «licenciatario» significa una persona a la que la división le ha otorgado un permiso o certificado;

(i) «OEM» significa fabricante de equipos originales;

(j) «programa de inspección en línea» significa el programa de inspección basado en la web utilizado para registrar inspecciones de seguridad;

(k) «permiso» significa la autorización para que una persona opere una estación;

(l) «revocación» significa la privación permanente de un certificado o p> (m) «inspector» significa una persona con un certificado válido que es empleada por una estación con licencia;

(n) «estación» significa una instalación comercial o gubernamental ubicada en Utah que es administrada u operada por un titular de permiso válido y realiza inspecciones de seguridad;

(o) «suspensión» significa la privación temporal de un certificado o permiso;

(p) «pegatina» significa una pegatina de inspección de seguridad distribuida por la división a una estación que la fija a un vehículo con una clasificación de peso bruto del vehículo de 26,001 libras o más, o está equipada con un sistema de frenado de aire, independientemente de la clasificación de peso, cuando ese vehículo cumple con los requisitos de inspección de seguridad;

(q)» informe de pegatina «significa el documento de inspección dado cuando un vehículo con una clasificación de peso bruto del vehículo de 26,001 libras o más, o un vehículo equipado con un sistema de frenado de aire, independientemente de la clasificación de peso, falla o cumple con los requisitos de inspección de seguridad; y

(r)» Utah Interactive » significa la compañía que ha contratado con la división para la configuración y facilitación del programa de inspección en línea.

R714-158-4. Permisos de Estaciones de Inspección de Seguridad.

(1) Para ser elegible para un nuevo permiso o para conservar un permiso actual, el solicitante deberá::

(a) contratar a un gerente de estación que posea un certificado válido;

(b) obtener y mantener una fianza derety 10,000 o un seguro de garajes para la estación que el titular del permiso busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental o de flota;

(c) obtener y mantener una licencia comercial válida para la estación que el solicitante busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental;

(d) obtener y mantener un registro comercial válido del Departamento de Comercio de Utah para la estación de inspección de seguridad que el solicitante busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental; y

(e) inscribir la estación en el programa de inspección en línea después de recibir la aprobación de la división.

(2) (a) El solicitante que desee administrar u operar una estación de inspección de seguridad deberá presentar un paquete de solicitud de permiso completo a la división.

(b) El paquete de solicitud de permiso incluirá:

(i) un formulario de solicitud de permiso completado proporcionado por la división;

(ii) una tarifa de solicitud de permiso no reembolsable, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental;

(iii) prueba de una fianza derety 10,000 o un seguro de garage para la estación que el solicitante busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental o de flota;

(iv) documentación de una licencia comercial válida para la estación que el solicitante busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental; y

(v) documentación de un registro comercial válido del Departamento de Comercio de Utah para la estación de inspección de seguridad que el solicitante busca administrar u operar, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea una estación gubernamental.

(3) (a) Al recibir un paquete de solicitud completo, la división revisará los materiales para determinar si el solicitante es elegible para un permiso.

(b) La división puede solicitar información adicional para determinar si el solicitante es elegible para un permiso.

(4) Después de recibir toda la documentación necesaria, la división inspeccionará la estación que el titular del permiso tiene la intención de administrar u operar para determinar si la estación cumple con los requisitos del programa de inspección de seguridad.

(5)(a) Si la división determina que el solicitante ha cumplido con todos los requisitos para un permiso, la división expedirá el permiso al solicitante.

(b) El permiso no es transferible.

(6)(a) Si la división determina que el solicitante no cumple con los requisitos para un permiso, la división emitirá una carta de denegación al solicitante.

(b) La carta de denegación indicará las razones de la denegación e indicará que el solicitante puede hacer revisar el asunto según lo dispuesto en la Sección 11 de esta Regla.

R714-158-5. Requisitos de Construcción y Equipo.

(1) Para ser elegible para un permiso o para mantener un permiso, el edificio y el sitio de la estación de inspección deben cumplir las siguientes condiciones:

(a) el edificio es capaz de albergar los vehículos que se van a inspeccionar;

(b) el edificio tiene un piso nivelado de concreto o asfalto; y

(c) el sitio tiene un letrero comercial de construcción permanente, que muestra correctamente el nombre comercial que aparece en la solicitud de la estación comercial, a menos que la estación que el solicitante busca administrar u operar sea un gobierno o estación de la flota.

(2) Una estación de inspección deberá tener las siguientes herramientas y equipos:

(a) una copia impresa actual del manual de inspección de seguridad, o una copia electrónica que se haya descargado como archivo en la computadora de la estación;

(i) el acceso al manual en línea no cumple este requisito;

(b) las herramientas manuales necesarias para realizar una inspección;

(c) un polipasto capaz de levantar los cuatro neumáticos simultáneamente del suelo;

(i) las estaciones en funcionamiento antes del 1 de enero de 2009 están exentas de este requisito, pero la estación deberá poseer un polipasto o gato de servicio pesado con soportes de gato;

(d) medidores e instrumentos de medición para determinar las especificaciones mínimas en el proceso de inspección;

(e) un kit de medidor de luz aprobado de dos piezas capaz de medir la transmitancia de luz de la ventana a un mínimo de + / -3%;

(f) un indicador de cuadrante para medir las tolerancias de los componentes de rótula y suspensión;

(g) un medidor de profundidad de la banda de rodadura de los neumáticos;

(i) se puede usar un manómetro de forro de freno remachado para el medidor de profundidad de la banda de rodadura de los neumáticos;

(h) un manómetro de presión de neumáticos;

(i) una cinta métrica; y

(j) los siguientes manómetros de freno:

(i) pegado;

(ii) remachado;

(iii) almohadilla de disco;

(iv) rotor; y

(v) tambor.

(3) Una estación de inspección que realice inspecciones en vehículos de motor pesados, remolques o autobuses deberá tener las siguientes herramientas y equipos:

(a) un polipasto;

(b) un medidor de luz de dos piezas aprobado por división;

(c) herramientas manuales, incluidas llaves, destornilladores y trinquetes;

(d) un indicador de marcación para medir las tolerancias de los componentes de la rótula esférica y de la suspensión;

(e) un medidor de profundidad de la banda de rodadura de los neumáticos;

(f) una copia impresa actual del manual de inspección de seguridad, o una copia electrónica que se ha descargado como archivo en el ordenador de la estación;

(i) el acceso al manual en línea no cumple/p>

(i) un probador de mandíbula de quinta rueda;

(j) una cinta métrica;

(k) una copia actual de las Normas y el Manual de Inspección de Autobuses Escolares, si la estación inspecciona autobuses escolares; y

(l) los siguientes manómetros de freno:

(i) unidos;

(ii) remachados;

(iii) almohadilla de disco;

(iv) rotor; y

(v) tambor grande.

(4) La división puede otorgar una excepción a los requisitos mínimos de esta sección a solicitud por escrito del solicitante o licenciatario que muestre circunstancias atenuantes que justifiquen la exención.

R714-158-6. Certificados de Inspector de Seguridad.

(1) Para ser elegible para un certificado, el solicitante deberá:

(a) tener 18 años de edad o más; y

(b) asistir y completar con éxito el curso de formación para inspectores de seguridad.

(2) (a) El solicitante que desee realizar inspecciones de seguridad deberá presentar un paquete de solicitud de certificado completo a la división.

(b) El paquete de solicitud incluirá:

(i) un formulario de solicitud de certificado completado proporcionado por la división;

(ii) una tarifa de solicitud de certificado no reembolsable;

(iii) un pasaporte, copia de una licencia de conducir válida o tarjeta de identificación emitida por un gobierno estatal dentro de los Estados Unidos o uno de sus territorios para verificar la identidad del solicitante; y

(iv) documentación de que el solicitante asistió y completó con éxito el curso de formación para inspectores de seguridad.

(3) (a) Al recibir un paquete de solicitud completado, la división revisará los materiales para determinar si el solicitante es elegible para un certificado.

b) La división podrá solicitar información adicional para determinar si el solicitante reúne los requisitos para obtener un certificado.

(4)(a) Si la división determina que el solicitante ha cumplido todos los requisitos para un certificado, la división expedirá el certificado al solicitante.

b) El certificado no es transferible y expirará cinco años después de la fecha de emisión.

(5)(a) Si la división determina que el solicitante no cumple con los requisitos para un certificado, la división emitirá una carta de denegación al solicitante.

(b) La carta de denegación indicará las razones de la denegación e indicará que el solicitante puede hacer revisar el asunto según lo dispuesto en la Sección 11 de esta Regla.

R714-158-7. Renovación de Certificados.

(1) Para ser elegible para renovar un certificado, el licenciatario deberá retomar y completar con éxito el curso de formación para inspectores de seguridad dentro de los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento del certificado, ya sea en persona o en línea.

(2) (a) Un licenciatario que desee renovar un certificado debe presentar un paquete de renovación de certificado completo a la división.

(b) El paquete de renovación de certificado incluirá:

(i) un formulario de renovación por escrito proporcionado por la división;

(ii) una tarifa de renovación de certificado no reembolsable; y

(iii) documentación que el inspector haya vuelto a tomar y haya completado con éxito el curso de formación para inspectores de seguridad, ya sea en persona o en línea, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento del certificado del inspector.

(3) (a) Al recibir un paquete de renovación completo, la división revisará los materiales para determinar si el licenciatario es elegible para renovar el permiso o certificado.

(b) La división puede solicitar información adicional para determinar si el licenciatario es elegible para renovar el certificado.

(4) Si la división determina que el licenciatario ha cumplido con todos los requisitos para la renovación, renovará el certificado para el licenciatario.

(5)(a) Si la división determina que el licenciatario no cumple con los requisitos de renovación, denegará la solicitud de renovación del certificado y notificará al licenciatario por escrito.

(b) En la notificación de denegación se indicarán las razones de la denegación y se indicará que el licenciatario puede revisar la decisión presentando una solicitud de audiencia por escrito dentro de los 30 días calendario, según lo dispuesto en la Sección 11 de esta Regla.

R714-158-8. Programa de Capacitación para Inspectores de Seguridad.

(1) (a) El curso de capacitación para inspectores de seguridad consistirá en un programa de capacitación de 16 horas impartido por una institución educativa aprobada por la división.

(b) La institución educativa deberá:

(i) poseer todas las herramientas necesarias para llevar a cabo una inspección de seguridad de acuerdo con las Reglas Administrativas R714-160, R714-161, R714-162 y R714-163;

(ii) enseñar el plan de estudios de inspección de seguridad aprobado por la división; y

(iii) administrar los cuestionarios y el examen final generados por la división.

(2) El curso de capacitación para inspectores de seguridad será impartido por instructores que sean empleados de una institución educativa aprobada por la división.

(3) Los estudiantes deberán asistir a las 16 horas del curso de capacitación para inspectores de seguridad y aprobar la prueba final para completar con éxito el curso.

(4) (a) Cualquier estudiante que falsifique información o haga trampas en un cuestionario o prueba durante el curso de capacitación de inspección de seguridad será retirado del curso y no se le permitirá completarlo.

(b) Un estudiante retirado de un curso de capacitación en inspección de seguridad no puede volver a tomar la clase por un período de un año.

R714-158-9. Requisitos Generales del Programa de Inspección de Seguridad.

(1) El titular del permiso será responsable de la gestión y el funcionamiento de una estación y deberá:

(a) adquirir y mantener el equipo necesario en la estación;

(b) asegurarse de que todas las inspecciones se realicen en la estación y se lleven a cabo de conformidad con las Normas Administrativas R714-158-8, R714-160, R714-161, R714-162, R714-163;

(c) asegurarse de que todos los certificados de inspección se emitan a través del programa de inspección en línea, a menos que el programa no esté disponible temporalmente;

(i) si el programa de inspección en línea no está disponible durante más de tres días hábiles, la estación se pondrá en contacto con la división;

(d) conservar una copia de todos los registros de la estación durante un período de un año, incluidos los registros de pruebas de frenos de placa;

(e) poner la estación y sus registros a disposición de la tiene un suministro adecuado de certificados de inspección de papel y pegatinas;

(g) asegurarse de que los certificados de inspección en papel y las pegatinas estén protegidos contra pérdida o robo;

(h) informar inmediatamente a la división de certificados de inspección en papel o pegatinas faltantes o robados;

(i) mostrar el permiso en la estación en un lugar prominente que sea fácilmente visible para el público;

(j) informar a la división de cualquier cambio en el nombre o la dirección de la estación;

(k) informar a la división de cualquier cambio p>

(l) notificar a la división si hay un cambio en los inspectores empleados en la estación;

(m) asegúrese de que la estación use y muestre solo el nombre de la estación proporcionado a la división; y

(n) asegúrese de que la cuenta interactiva de Utah de la estación no esté en mora.

(2) Un inspector deberá:

(a) trabajar bajo la dirección de un titular de permiso;

(i) un inspector también puede ser titular de permiso para la misma estación;

(b) realizar inspecciones in situ únicamente en la estación designada en el permiso del empleador;

(c) realizar todas las inspecciones en su totalidad como se describe en las Reglas Administrativas R714-160, R714-161 R714-162 y R714-163 antes de que se emita un certificado de inspección o una pegatina o se informe a un cliente sobre cualquier artículo rechazado;

(d) realizar todas las inspecciones de seguridad de forma honesta y exhaustiva;

(e) no coaccionar a los clientes ni vender piezas o reparaciones innecesarias;

(f) el vehículo no necesita ser reparado o ajustado en la estación que realizó la inspección de seguridad, pero las reparaciones necesarias se pueden hacer en cualquier negocio seleccionado por el cliente;

(g) obtener la autorización del cliente antes de realizar cualquier reparación o ajuste;

(h) devolver cualquier pieza que se reemplace al cliente, a solicitud;

(i) mostrar una pieza que se va a reemplazar o reparar al cliente si no se puede devolver, a solicitud;

(j) emitir todos los certificados de inspección utilizando el programa de inspección en línea si la estación está inscrita en el programa, a menos que el programa no esté disponible temporalmente;

(k) ingrese la información de un certificado de inspección en papel al programa de inspección en línea dentro de las 72 horas posteriores a que el programa vuelva a estar disponible;

(l) solo use el nombre de usuario y la contraseña asignados por la división cuando use el programa de inspección en línea para completar una inspección de seguridad;

(m) complete todos los registros de inspección de seguridad en papel de forma legible;

(n) complete completamente todo lo que figura en los certificados de inspección, pegatinas y;

(o) realizar inspecciones, emitir certificados y adjuntar pegatinas a los vehículos solo en la estación donde está empleado el inspector, a menos que la inspección se realice en un vehículo de respuesta a incendios de emergencia o ambulancia propiedad del gobierno;

(p) no vender o transferir certificados de inspección, pegatinas o informes de pegatinas a otra estación;

(q) completar el papeleo de inspección o ingresar la información en el programa de inspección en línea cada vez que se inspeccione un vehículo;

(r) evitar realizar inspecciones de seguridad en vehículos de su propiedad u operados personalmente;

(s) reportar cualquier cambio en su dirección postal a la división; y

(t) notificar a la división si cambia de empleador.

R714-158-10. Certificados de Inspección, Calcomanías e Informes de Calcomanías.

(1) Los certificados de inspección se emitirán en libros de 50 para pasajeros/camiones ligeros, libros de 25 para vehículos todo terreno y libros de 25 para calcomanías e informes de calcomanías.

(2) Una estación puede comprar dos libros de certificados de inspección para pasajeros/camiones ligeros, cuatro libros de certificados de inspección para vehículos todo terreno y cuatro libros de informes de pegatinas para usar cuando el programa de inspección en línea no esté disponible temporalmente.

(3) Una estación no puede comprar otro libro de certificados de inspección o informes de pegatinas hasta que la estación devuelva uno de los libros usados que compró anteriormente a la división.

(4) Los libros de certificados de inspección, informes de calcomanías o calcomanías no utilizados pueden devolverse a la división para su reembolso.

R714-158-11. Motivos para la Denegación, Suspensión o Revocación del Permiso de Estación o Certificado de Inspector.

(1) Un solicitante o licenciatario puede ser denegado, suspendido o revocado por cualquiera de las siguientes razones:

(a) una violación de cualquier ley, regla o regulación de inspección de seguridad federal o estatal de Utah;

(b) proporcionar información falsa o engañosa durante:

(i) el proceso de solicitud o renovación de un permiso o certificado;

(ii) una investigación de división o visita a una estación; o

(iii) una audiencia administrativa; o

(c) condena por un delito que implique deshonestidad, engaño o robo.

(2) Para determinar si la denegación, suspensión o revocación de un permiso o certificado es apropiada, la división tendrá en cuenta el historial previo del solicitante o licenciatario con el programa de inspección de seguridad.

(3)(a) Si un inspector es suspendido, el inspector no podrá realizar inspecciones de seguridad ni representarse a sí mismo como inspector.

b) Si se suspende a un titular de un permiso, nadie en la estación del titular del permiso podrá realizar inspecciones de seguridad o representar a la estación como estación de inspección de seguridad.

(c) Un solicitante o licenciatario al que se le deniegue un certificado o permiso puede no ser elegible para volver a solicitar por un período de 90 días a partir de la fecha de la denegación.

(d) Un licenciatario cuyo certificado o autorización sea revocada no será elegible para aplicar para otro certificado o permiso por un período de un año a partir de la fecha de revocación.

R714-158-12. Procedimientos Judiciales.

(1) Todos los procedimientos judiciales establecidos en esta sección se llevarán a cabo de manera informal según lo dispuesto en la Sección 63G-4-202.

(2) La división iniciará una acción de la agencia contra un solicitante o licenciatario con un aviso de acción de la agencia de acuerdo con la Sección 63G-4-201.

(3) (a) Un solicitante o licenciatario que reciba un aviso de acción de la agencia indicando que la división tiene la intención de denegar, suspender o revocar un permiso o certificado puede solicitar una audiencia presentando una solicitud por escrito de audiencia ante la división dentro de los 15 días calendario a partir de la fecha del aviso de acción de la agencia.

(b) Se celebrará una audiencia ante un oficial de audiencias designado por la división, dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha en que la división reciba la solicitud de audiencia por escrito a tiempo, a menos que las partes acuerden una fecha posterior.

(c) Si se presenta una solicitud de audiencia a tiempo, la acción de la agencia se suspenderá hasta que el oficial de audiencia de la división emita una decisión por escrito.

(d) En la audiencia, el solicitante o licenciatario tendrá la oportunidad de explicar por qué la división no debe tomar medidas de la agencia.

(e) El oficial de audiencia emitirá una decisión por escrito de acuerdo con la Sección 63G-4-203 dentro de los diez días hábiles posteriores a la audiencia.

(4) (a) Un solicitante o licenciatario puede apelar la decisión del oficial de audiencias ante el consejo presentando una apelación ante la división dentro de los 30 días calendario de la emisión de la decisión del oficial de audiencias.

b) Si se presenta una apelación oportuna al consejo, la acción de la agencia se suspenderá hasta que el consejo emita una decisión por escrito.c) Se celebrará una audiencia ante el consejo dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que la sección reciba la apelación por escrito, a menos que las partes acuerden una fecha posterior.

(d) En la audiencia, el solicitante o licenciatario tendrá la oportunidad de explicar por qué se debe anular la acción de la división.

(e) El consejo emitirá una decisión por escrito de conformidad con la Sección 63G-4-301 dentro de los diez días hábiles siguientes a la audiencia.

(f) La decisión escrita del consejo constituirá una acción final de la agencia y está sujeta a revisión judicial de conformidad con la Sección 63G-4-402.

R714-158-13. Procedimientos para el Cierre de la Estación de Inspección de Seguridad.

(1) Cuando una estación de inspección de seguridad esté cerrando, el gerente o propietario de la estación deberá:

(a) notificar a la división la fecha efectiva de cierre al menos una semana antes de la fecha de cierre;

(b) suspender la realización de inspecciones de seguridad en la fecha de cierre; y

(c) dentro de una semana después de la fecha de cierre, devolver a la división lo siguiente:

(i) el permiso de>

(ii) todos los certificados de inspección;

(iii) todas las pegatinas; y

(iv) todos los informes de pegatinas.

(2) La división cancelará el acceso en línea al Sistema de Inspección de Seguridad del Vehículo en la fecha efectiva de cierre de la estación.

CLAVE

seguridad de vehículos de motor, inspecciones

Fecha de Promulgación o Última Enmienda sustantiva

27 de septiembre de 2016

Aviso de continuación

19 de junio de 2017