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Recursos Humanos del Campus

  • Edad de Jubilación
  • Crédito de Servicio de UCRP
  • Compensación Promedio más Alta del Plan (HAPC)
  • Conversión de Licencia por Enfermedad
  • Pagos para Sobrevivientes
  • Opciones de Pago Alternativas
  • Ajustes por Costo de Vida (COLAs)
  • Cobertura de Salud para Jubilados y Elegibilidad Graduada
  • Defunción Pago
  • Retiro de una suma global (descontinuado si la fecha de entrada en la UCRP es 7/1/13 o posterior)
  • Recompra de la UCRP

El UCRP es un plan de pensiones de «beneficio definido» ; está determinado por tres factores:

  • Edad de jubilación
  • Años de»crédito de servicio de UCRP»
  • Salario promedio más alto (HAPC)

El UCRP tiene un requisito de adquisición de cinco años completos de crédito de servicio de UCRP. La adquisición garantiza al miembro un beneficio financiero al jubilarse de la UCRP; la edad de jubilación más temprana es de 50 años. Su fecha de jubilación de UCRP es la fecha en que comienza a cobrar su pensión de UCRP.

Edad de jubilación

Se asigna un factor de edad al empleado que se jubila en su fecha de jubilación. La edad más temprana para una jubilación de UCRP es la edad de 50 años; el factor de edad para los 50 años es del 1,1%. El factor de edad aumenta un 0,14% por cada año hasta el factor de edad máximo del 2,5% (60 años) . Para las jubilaciones a los 60 años o más, el factor de edad es del 2,5%; no aumenta más allá del 2,5%. Para las jubilaciones antes de los 60 años, el factor de edad se prorratea al mes de nacimiento en el momento de la jubilación. Para un miembro que se jubile a la edad de 58 años y siete meses, el factor de edad será de 2,30%; la suma de 2,22% (para la edad de 58 años) más 0,0819% (para siete meses adicionales).

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Crédito de Servicio UCRP

El Crédito de Servicio UCRP difiere del Crédito de Servicio Universitario; El Crédito de Servicio Universitario se utiliza para determinar la antigüedad, la acumulación de vacaciones y similares. Consulte la Sección de Contratos laborales de Políticas & de este sitio web para obtener más información. El Crédito de Servicio de UCRP solo cuenta las horas en el estado de pago en una cita de» beneficio completo » (anteriormente llamada Carrera); el tiempo trabajado como estudiante, temporal u otro tiempo no es elegible para el Crédito de Servicio de UCRP. Para la mayoría de los empleados, el Crédito de Servicio UCRP será el mismo que el Crédito de Servicio Universitario. Para los miembros que trabajan a tiempo parcial, el crédito de servicio de UCRP se acumula proporcionalmente al tiempo trabajado.

Para los miembros que se jubilen dentro de los 120 días posteriores a la separación, las horas de licencia por enfermedad acumuladas se convertirán en crédito de servicio UCRP. Esto se aplica solo a los miembros que eligen un beneficio mensual; no se aplica a los miembros que eligen un beneficio de retiro en efectivo de suma global.

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La Compensación Media más Alta del Plan (HAPC)

El HAPC es un período de ganancias pagadas más altas. Estas ganancias son un promedio durante un período de 36 meses consecutivos. Los estipendios están incluidos, pero el pago por exceso de tiempo, los bonos y los «9º de verano»* no lo están (consulte «Compensación cubierta elegible» para obtener información específica). Son el salario equivalente a tiempo completo para los empleados que trabajan a tiempo parcial. Para la mayoría de los empleados, el HAPC será los últimos 36 meses consecutivos anteriores a la jubilación, pero puede ocurrir en cualquier momento. Para los empleados de la UC que están coordinados con el Seguro Social desde su empleo en la UC, el HAPC se reducirá en 1 133. Esta reducción representa la cantidad que la UC contribuye al Seguro Social en nombre del empleado; tanto el empleado como la UC pagan un impuesto al Seguro Social por la pensión del Seguro Social de los empleados.

*IRC §401(a)(17) establece un límite en dólares para los ingresos en los que se pueden basar los beneficios de jubilación. El límite de ingresos para el año fiscal del Plan que comienza el 1 de julio de 2009 es de 2 245,000 anuales para los empleados que se afiliaron a partir del 1 de julio de 1994 o después. Para aquellos que eran miembros activos antes del 1 de julio de 1994, el límite de ingresos es de 3 360,000. Estos límites son para el año fiscal 2009; los años fiscales anteriores tienen diferentes limitaciones que pueden afectar el HAPC cuando se calculan.fórmula UCRP: (Factor de edad x Crédito por Años de Servicio UCRP) x HAPC = Ingreso Básico de Jubilación ( BRI), un beneficio mensual de por vida. Además, se agregará un Ajuste inactivo del Costo de Vida (COLA) de hasta el 2% al HAPC para cada 1 de julio entre la fecha de separación y la fecha de jubilación, si la fecha de entrada al UCRP es antes del 1/7/13.Ejemplo: Josephine Bruin, empleada de UCLA, se separa a los 50 años con 15 años de Crédito de Servicio de UCRP, un saldo de licencia por enfermedad de 1,044 horas y un HAPC de 3 3,700. Lo más temprano que puede jubilarse de la UC (comenzar a recibir su pensión UCRP) es a los 50 años, sin embargo, puede jubilarse en cualquier momento después de eso. ¿Cuál sería su beneficio mensual si comienza a cobrar su pensión UCRP en su cumpleaños a los 50 años, o espera hasta los 60?

A los 50 años de edad:

  1. Factor de edad = 1.1%
  2. Crédito de Años de Servicio del UCRP = 15.5 (15 años de servicio más 0.5 años para horas de licencia por enfermedad convertidas)
  3. HAPC = 3 3567 (Offset 3700 menos Offset 133 de Compensación del Seguro Social)
    Fórmula del UCRP: = $608.17. El ingreso mensual básico de jubilación resultante para Josephine es de 6 608.17 a partir de los 50 años de edad.

A los 60 años:

  1. Factor de edad = 2.5%
  2. Crédito de Años de Servicio de UCRP = 15 (no puede convertir horas de licencia por enfermedad desde que pasaron más de 120 días entre su separación y el momento en que comienza a recibir beneficios)
  3. HAPC = 4289.90 ($3700 más COL 722.90 COLAs por 10 años menos Offset 133 de Compensación del Seguro Social)
    UCRP fórmula: = 1 1,608.71. El ingreso básico de jubilación de Josephine sería de 1 1,608.71 basado en la fecha de separación de 50 años y el comienzo de los beneficios de 60 años.

Dado que el factor de edad de Josephine está determinado por su fecha de jubilación (no por su fecha de separación), su beneficio mensual es mayor a los 60 años. Por otro lado, ¡no recibe ingresos durante los diez años entre los 50 y los 60 años! Y, no sería elegible para continuar con los beneficios de salud en el segundo ejemplo, ni convertir su licencia por enfermedad acumulada porque su fecha de jubilación es 120 días después de su fecha de separación. Hay muchos factores importantes a considerar al decidir el momento adecuado para jubilarse, incluidos otros recursos financieros disponibles, cobertura médica y otros. Esta es una decisión personal y financiera importante. Póngase en contacto con su Oficina Central de Beneficios si tiene preguntas.Los empleados que estén listos para jubilarse deben comunicarse con la Oficina Central de Beneficios al (310) 794-0830 begin_of_the_skype_highlighting (310) 794-0830 FREE end_of_the_skype_highlighting para obtener un Perfil Personal de Jubilación (PRP). Las jubilaciones no se pueden procesar más de 90 días antes de la fecha de jubilación.

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Conversión de Licencia por Enfermedad

Los participantes que elijan un beneficio mensual tendrán horas de licencia por enfermedad convertidas en Crédito de Servicio UCRP si se jubilan dentro de los 120 días posteriores a la separación del servicio. La licencia por enfermedad de Josephine Bruin se convirtió en crédito de servicio de UCRP cuando se jubiló a los 50 años, ya que se jubiló dentro de los 120 días posteriores a la separación. Su licencia por enfermedad no se convirtió en el segundo ejemplo (posponer el inicio de su pensión hasta los 60 años), ya que esto fue más de 120 días después de su separación.

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Pagos a familiares supérstites

(no se aplica si la fecha de entrada en la UCRP es 7/1/13 o posterior)

La UCRP no tiene «beneficiarios» para las prestaciones de pensión mensuales; en su lugar, el plan nombra a un sobreviviente Si el miembro de UCRP tiene un sobreviviente elegible en el momento de la jubilación, el plan pagará al sobreviviente elegible un beneficio mensual de por vida del 25% del Ingreso Básico de Jubilación del miembro (para aquellos miembros cuyo empleo en la UC está coordinado con el Seguro Social) o el 50% del Ingreso Básico de Jubilación del miembro (para aquellos miembros cuyo empleo en la UC no está coordinado con el Seguro Social). Este pago de sobreviviente de por vida se proporciona sin costo alguno para el miembro y se proporciona si el miembro fallece antes que el sobreviviente elegible. Si el sobreviviente elegible fallece antes que el miembro, el beneficio de sobreviviente se pierde.

Para ilustrar solo un ejemplo de pagos a sobrevivientes, volvamos a Josephine Bruin. Su esposo, Joe Bruin, con quien estuvo casada durante más de un año en su jubilación en la UC, recibiría benefits 152.04 (25% x 6 608.17) por mes en beneficios para sobrevivientes por el resto de su vida después de la muerte de Josephine.

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Opciones de pago alternativas

El UCRP permite a sus miembros proporcionar un beneficio de jubilación a otra persona, un pensionista contingente, de su elección. Esta Opción de Pago proporciona un beneficio de por vida pagadero al fallecer el miembro. Esta opción de pago es pagada en su totalidad por el miembro a través de una reducción en los beneficios de pensión, a diferencia de los beneficios de sobreviviente que se proporcionan sin costo alguno para los miembros. El pensionista contingente puede ser cualquier persona: cónyuge, hijo, hermano o amigo. La prestación de pensión primaria se reduce actuarialmente porque la prestación se paga potencialmente a lo largo de dos vidas en lugar de una.

En el caso de Josephine Bruin, es posible que desee tomar una reducción en los beneficios para dejar a su esposo, Joe, un beneficio más alto. (¡Asumimos que realmente le gusta Joe y que no aceptaría una reducción por nadie más!) Se le dará una opción de 4 opciones además del Ingreso Básico de Jubilación (BRI):

Opciones de Pago
BRI A (100%) B (2/3%) C (50%) D (50%)
Josefina $608 $572 $584 $590 $596
Joe $152 $572 $440 $371 $298

Si Joe muere antes de Josefina, Josefina, el beneficio de no cambio, aunque el contingente pensionista beneficios son perdido.Muerte Antes de la Jubilación : Si un miembro de la UC es elegible para jubilarse, pero muere antes de la jubilación, el plan procesará los beneficios de jubilación para el día siguiente a la fecha de fallecimiento, y otorgará a un cónyuge o pareja de hecho elegible los beneficios de la Opción de Pago A.Si Josephine falleciera a los 50 años mientras todavía estaba empleada, antes de elegir sus beneficios de jubilación, el plan le pagaría automáticamente a Joe, su cónyuge elegible, beneficios de opción de pago A; 5 572/mes. El plan asume que Josephine habría tomado la mayor reducción en su beneficio para dejar a su cónyuge el beneficio más alto posible. Joe NO tendría la opción entre el beneficio mensual y un retiro de una sola vez; solo el miembro puede elegir un retiro de suma global.Visite el «Calculador de Beneficios de Jubilación de UCRP» para calcular los beneficios potenciales. La Descripción Resumida del Plan (SPD, por sus siglas en inglés) contiene información detallada sobre los beneficios para sobrevivientes y las opciones de pago.

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Ajustes por Costo de vida (COLAs)

Una vez retirado, hay un COLA anual cada 1 de julio para los jubilados elegibles. El jubilado debe haber estado jubilado durante un año completo en o antes de un 1 de julio posterior. Las COLAS se basan en el movimiento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y no necesariamente coinciden punto por punto. Las colas oscilan entre un mínimo de 0,1% y un máximo de 6%.

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Cobertura de Salud para Jubilados y Elegibilidad Graduada

Los jubilados de la UC que son elegibles para Medicare deben inscribirse en las Partes A y B en el momento de la elegibilidad para retener el seguro médico para jubilados de la UC. Los empleados activos, que reciben su seguro a través de sus citas, no están obligados a inscribirse en Medicare, incluso si son elegibles.
Usted puede ser elegible para continuar con su cobertura médica y dental de UC hasta la jubilación si cumple con los siguientes requisitos:

  • Usted está inscrito en su plan de UC cuando deja su empleo en UC
  • Usted elige continuar con la cobertura en el momento de la jubilación
  • Se jubila dentro de los 120 días posteriores a la terminación de su empleo en UC
  • Su cobertura es continua y las primas son actuales
  • Usted cumple con los requisitos de crédito de servicio de UC

no son derechos devengados o adquiridos a prestaciones. La cantidad que la UC contribuye al costo de la cobertura es determinada por la UC y puede cambiar o detenerse por completo. Solo el crédito de servicio de UCRP cuenta para la elegibilidad para beneficios médicos y dentales. (Se excluye el crédito de servicio de un sistema recíproco.) Los jubilados que son elegibles para los beneficios de Medicare y que no se inscriben en Medicare cuando son elegibles, se retirarán permanentemente de la cobertura médica de la UC.

Fecha de entrada de UCRP

Antes del 1 de enero de 1990

Después del 1 de enero de 1990 hasta el 30/6/13

Recibirá una Contribución Regente del 100% si no tiene una interrupción en el servicio de más de 120 días Y tiene al menos 10 años de crédito de servicio UCRP si se jubila antes de los 55 años, o 5 años si se jubila a los 55 años o más.

Usted estará sujeto a Elegibilidad Graduada (recibirá una Contribución prorrateada de Regentes) si tiene al menos 10 años de crédito de servicio UCRP O cumple con la Regla de 75*.

Tabla de elegibilidad graduada (Jubilación)

(Para empleados con fecha de entrada en UCRP entre el 1/1/90 y el 6/30/13, o si tiene «Derechos adquiridos».»Vea a continuación la elegibilidad para el estatus de» Abuelo».)

Años de Servicio

Elegibilidad

Porcentaje de Contribución de la UC

0-9*

No

Ninguno, a menos que la «Regla de 75*» se aplica, entonces el 50%.

50%

Aumenta 5% por cada año de más de 10 años hasta el 100% a los 20 años.

Si la fecha de inscripción al UCRP es 7/1/13 o posterior, haga clic aquí para obtener información sobre la elegibilidad graduada aplicable: http://ucrpfuture.universityofcalifornia.edu/files/2010/10/the-facts-retiree-health-7-12-12.pdf.

* * Regla de 75 años: La edad del empleado más el crédito de servicio UCRP es igual a 75 o más; se requiere un mínimo de 5 años de crédito de servicio UCRP.Contribución de regentes: La cantidad de dinero que UC contribuirá a sus primas dentales médicas &. Los costos adicionales, de haberlos, se deducen de la pensión mensual del jubilado.Volviendo a la situación de Josephine Bruin, podría continuar con sus beneficios de salud si se jubilaba a los 50 años; todavía estaba inscrita en sus planes médicos y dentales, y su jubilación estaba dentro de la restricción de 120 días. No podría continuar con sus beneficios de salud si se jubilara a los 60 o 65 años, ya que eso estaría fuera del período de 120 días, y sus beneficios de salud se suspendieron cuando se separó a los 50 años.

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Pago por fallecimiento

En el momento del fallecimiento, el UCRP proporciona un beneficio de 7 7,500. Esta prestación no está disponible para los jubilados que eligen un retiro de suma global de su prestación mensual regular.

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Retiro de Suma global (no se aplica si la fecha de ingreso al UCRP es el 7/1/13 o posterior)
Los miembros de la UC tienen la opción de tomar un beneficio mensual de por vida que incluiría los beneficios previamente discutidos (conversión de licencia por enfermedad, beneficios para sobrevivientes, opciones de pago alternativas, cobertura de salud, COLAS y pago por muerte) o pueden tomar un pago único llamado Retiro de Suma Global (LSC).
Fórmula LSC
El Ingreso Básico de Jubilación (BRI) se reduce por cualquier compensación y luego se multiplica por un Factor de Pago Único (SPF). El FPS se basa en la edad del jubilado (mes y año); se deriva de los cuadros de esperanza de vida, los aumentos proyectados del costo de la vida y las hipótesis actuariales.

Edad SPF Edad SPF Edad SPF Edad SPF
50 179.57 60 154.20 70 121.60 80 85.16
51 177.44 61 151.19 71 118.16 81 81.40
52 175.22 62 148.10 72 114.68 82 77.71
53 172.91 63 144.95 73 111.14 83 74.12
54 170.51 64 141.73 74 107.54 84 70.64
55 168.02 65 138.46 75 103.90 85 67.28
56 165.43 66 135.14 76 100.21 86 64.05
57 162.76 67 131.79 77 96.50 87 60.86
58 159.99 68 128.41 78 92.74 88 57.73
59 157.14 69 125.01 79 88.96

Mirando la información de Josephine, calculemos cuál sería su retiro de suma global a los 50 años. Recuerde, la licencia por enfermedad no se convierte para un beneficio LSC; calcule el Ingreso Básico de Jubilación (BRI) sin licencia por enfermedad contra el Factor de Pago Único (SPF).
1.1% x 15 = 16.5% x HAPC = 16.5% x $3,567 = $588.56 BRI
BRI x SPF = $588.56 x 179.57 = $105,686.82

Josephine está considerando seriamente un LSC ya que su esposo, Joe, también es un empleado de UC con derecho a los beneficios de UCRP, incluido el seguro de salud hasta la jubilación.

Opciones de distribución de LSC
Un LSC se puede pagar en efectivo al jubilado, en cuyo caso se adeudaría el impuesto sobre la renta federal y estatal y, posiblemente, se puede elegir una multa por distribución anticipada o una renovación. Una transferencia a un plan calificado diferiría los impuestos y evitaría cualquier sanción. También se puede elegir una combinación de pago en efectivo y rollover.

Recompra de UCRP
El plan permite a los miembros activos de UCRP «Recomprar» el crédito de servicio de UCRP para establecer un crédito de servicio por licencias no pagadas y / o parcialmente pagadas, para restablecer el crédito de servicio por membresía anterior de UCRP o para eliminar una compensación no contributiva. La opción de recompra solo está disponible para los miembros activos de UCRP. Por favor, revise » Buyback – ¿Es el mejor lugar para su dinero?»; revise el Folleto de Recompra de UCRP para conocer los detalles y comenzar un proceso de Recompra.No se permiten recompras por el tiempo en que un empleado no tuvo una cita elegible, p. ej. durante una separación. Si un empleado deja el servicio de UC y luego regresa, cualquier crédito de servicio de UCRP ganado anteriormente se restablecerá, suponiendo que las acumulaciones se mantuvieran en depósito con UC, cuando corresponda. Los costos de recompra se toman del cheque de pago del empleado antes de impuestos. El período mínimo de recompra es de 12 meses y el máximo de 60 meses.

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